Personas jurídicas: Inscripción de sucursal de Sociedades Anónimas
¿En qué consiste?
Este trámite permite inscribir la apertura de una sucursal de una Sociedad Anónima en el ámbito de la provincia de Santa Fe.
¿Qué necesito para realizarlo?
Requisitos de admisión
1. Contar con Id ciudadano clave nivel 3 y tener actualizado el perfil.
2. En caso de no contar con facultades otorgadas en el instrumento constitutivo, adjuntar instrumento de autorización para realizar el trámite con firma digital o certificado digitalmente, para el caso de que el mismo sea presentado por un tercero que no ostente la representación legal de la entidad.
3. Adjuntar comprobante de pago de tasa.
Requisitos del trámite
4. Completar el formulario de Atención Virtual con los datos de la persona jurídica con los datos de la nueva sucursal.
5. Completar el formulario de Atención Virtual con los datos del administrador designado.
6. Adjuntar nota explicativa con una breve descripción del acto que se pretende inscribir, firmado por el representante legal o autorizado para el trámite.
7. Adjuntar acta de asamblea que resuelve la creación de la sucursal, transcripta, firmada por el/los representantes legales, certificada digitalmente (contenido y firma) por autoridad competente. La misma debe mencionar expresamente el capital afectado, domicilio de la sucursal y quién la administrará.
8. Adjuntar informe completo de la situación registral en la jurisdicción de origen, el cual no debe ser anterior a los noventa (90) días de presentación de la presente solicitud, firmado digitalmente por autoridad competente.
9. Adjuntar certificado de libre inhabilitación del administrador designado, expedido por el Registro de Procesos Universales.
10. Adjuntar Declaración Jurada de Persona Políticamente expuesta del administrador designado, suscripta por la autoridad declarante y firmada digitalmente por el representante legal o autorizado para el trámite.
11. Adjuntar declaración jurada sobre el origen y licitud de los fondos, firmada por representante legal de la sociedad madre, con firma digital o certificada digitalmente por autoridad competente, en caso de que el aporte individual supere los 120 SMVM.
12. Completar el formulario de Atención virtual con el texto correspondiente del edicto que se publicará por un día en el Boletín Oficial (conforme el artículo 10 de la Ley 19.550). La publicación del mismo será a cargo del RPJEC previa aprobación del texto.
Paso a paso
1. El trámite se realizará online a través del portal de atención virtual de la Provincia de Santa Fe.
2. Para acceder a la Atención Virtual de la Provincia de Santa fe, previamente se debe contar con ID Ciudadana
3. Cargar toda la documentación solicitada en Requisitos
4. Recibirá un comprobante del trámite iniciado con número de expediente.
5. Una vez finalizado el trámite, se le informará vía correo electrónico que tiene una notificación dentro del portal de Atención virtual
6. Ingresar nuevamente al sistema y chequear las notificaciones.
¿Cuánto cuesta?
- El costo está compuesto por el código 84019 (3°/oo) (Mínimo 40 Módulos Tributarios – Máximo 50.000 Módulos Tributarios)
- Usá el código para generar y pagar la boleta aquí.
- Valor actual del módulo tributario
¿Dónde se realiza?
Trámite 100% virtual

