Impuesto de Sellos - Agentes de Retención: Solicitud de imputación de un pago
Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.
¿En qué consiste?
Este trámite permite a un contribuyente que realizó un pago de Sellos y no se refleja en esa cuenta, solicitar su correspondiente incorporación.
Tiene lugar cuando la API detecta la falta de pago de uno o más períodos e intima al contribuyente a regularizar su situación.
¿Qué necesito para realizarlo?
- Nota de solicitud del contribuyente, que identifique el pago a imputar y la cuenta correspondiente. En caso de no concurrir el titular debe contar con firma certificada por entidad bancaria, juez o escribano
- Documento de Identidad de la persona que realice el trámite
- Comprobante original y fotocopia del pago realizado
- En caso de concurrir un tercero debe contar con personería suficiente a satisfacción del API. (Poder, mandato, etc.)
- En caso que el titular sea una persona jurídica, acreditará su condición y la de su representante y/o apoderado, según las formas de ley
¿Cuánto cuesta?
Tasa Retributiva de Servicios por:
- Carátula de expediente: 300 MT (Art. 28 inc. 4 ap. b) L.I.A.)
- Cada foja de actuación: 6 MT (Art. 28 inc. 1 L.I.A.)
Si el pago no se imputó por un error administrativo, NO es exigible el pago de la Tasa antes citada.
Si el contribuyente se encuentra exento del pago de la Tasa Retributiva de Servicios deberá manifestarlo en la solicitud o en el primer escrito que presenta, citando la reglamentación que lo avala.
¿Dónde se realiza?
En la Administración Provincial de Impuestos
Horarios de Atención:
Regionales Santa Fe y Rosario: De Lunes a Viernes de 7:30 a 13:30
Divisional Buenos Aires: De Lunes a Viernes de 10:00 a 15:00
Observaciones:
En caso de falta de documentación en la gestión realizada, existe un año para acreditar la documentación faltante. Si el contribuyente no presenta lo solicitado antes del vencimiento de dicho plazo, el trámite se considera caduco por perención de instancia, es decir, el trámite se considera concluido y el contribuyente debe iniciar nuevamente el trámite.
Tiempo de realización de trámite:15 días aproximadamente. En caso que el error se origine en el Banco Recaudador, no se puede determinar el tiempo de realización.
Tramites relacionados:
Impuestos: Consulta de direcciones y teléfonos de la Administración Provincial de Impuestos

