Acceso a la Información Pública: solicitud
¿En qué consiste?
Este trámite permite a cualquier persona, física o jurídica, solicitar información pública que se encuentre en poder del Estado y esté documentada en papel, audio, video o cualquier otro soporte.
Destinatario/s:
Personas humanas o jurídicas. No es necesario tener la asistencia de un abogado, acreditar interés legítimo, derecho subjetivo alguno, ni expresar los motivos de su presentación.
¿Qué necesito para realizarlo?
- Para iniciar este trámite necesitas tener ID ciudadana. (Si todavía no estás registrado podés hacerlo acá.)
- Documento que acredite autorización para realizar el trámite (en caso de personas jurídicas)
- En caso que lo desees y consideres que contribuirá a la búsqueda, puede adjuntar documentos en formato PDF referidos al tema sobre el que solicita acceso.
Paso a paso
- Hacer clic en “Iniciar en trámite”. El inicio será con ID ciudadana.
- Completar los campos del formulario con la mayor precisión posible sobre qué información solicita y agregar los documentos mencionados en “Requisitos” (si fuera necesario)
- Recibirás la información solicitada en formato digital en tu bandeja de mensajes de Atención Virtual. El plazo puede ser un máximo de 20 días.
¿Cuánto cuesta?
Sin costo.
En caso de que se requiera copia en soporte físico (fotocopias, grabación de cd/dvd, etc.) puede haber un costo de reproducción de la información cuando la misma sea excesivamente voluminosa. Este monto no podrá exceder el valor de la reproducción del material y, eventualmente, el costo de envío, si fuera necesario. Cuando la respuesta sea en forma electrónica, no tiene cargos para el solicitante.
¿Dónde se realiza?
100% online
Observaciones:
Quienes deben brindar información son todas las dependencias del Poder Ejecutivo, empresas prestatarias de servicios públicos y demás entidades públicas y/o privadas que reciban fondos del Estado. Quedan excluidos de este trámite los poderes Legislativo y Judicial.
El tiempo máximo de respuesta será de hasta 20 días hábiles. En algunos casos (siempre con justificación) el plazo podría extenderse.
Normativas relacionadas:
Decreto Provincial 0692/2009 - Decreto Provincial 692/09.- Regula el mecanismo de acceso a la Infomación Pública.
Ley Provincial 14256/2024 - Gobernanza de datos y acceso a la información pública

