Convenio de pago: Sanciones por infracciones laborales - Res. Nº 176/24
¿En qué consiste?
Nuevo reglamento para la suscripción de "Convenios de Pago de Multas" - Res. Nº 176/24.-
El infractor generará la liquidación de la deuda que se pretenda regularizar mediante la aplicación informática "Convenios de Pago", para lo cual deberá:
a) Tener habilitado a través de la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicosel servicio 'Trabajo Santa Fe - Convenios de Pago"
b) Cumplido el punto anterior e! infractor accederá a la aplicación "MTEySS Convenios de Pago" Convenios de Pago"utilizando para su identificación la Clave de Identificación Tributaria (C.U.LT.) y la Clave Fiscal otorgada por la AFIP las cuales serán autenticadas.
Destinatario/s:
Empleadores que adeuden el pago de multas por infracciones laborales.
¿Qué necesito para realizarlo?
En todos los casos se debe contar con el CUIT del empleador y clave fiscal solicitada en AFIP.
Tener habilitado a través de la página web de la AFIP el servicio "Trabajo Santa Fe-Convenio de Pago".
Poseer Clave Bancaria Única (CBU).
¿Cuánto cuesta?
Gratuito
¿Dónde se realiza?
El tramite es virtual. Acceda a la normativa Res. Nº 176/24 - Nuevo reglamento para la suscripciónde convenios de pago de multas.
Observaciones:
La nueva resolucion se encuentra el nuevo procedimiento, las exigencias a cumplimentar a los fines de la suscripciónde los convenios para el pago de multas, las notas de allanamiento para deudas en gestión judicial y el "Instructivo para Convenios de pago"