Convenio de pago: Sanciones por infracciones laborales - Res. Nº 176/24

¿En qué consiste?

Nuevo reglamento para la suscripción de "Convenios de Pago de Multas" - Res. Nº 176/24.-

El infractor generará la liquidación de la deuda que se pretenda regularizar mediante la aplicación informática "Convenios de Pago", para lo cual deberá:

a) Tener habilitado a través de la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicosel servicio 'Trabajo Santa Fe - Convenios de Pago"

b) Cumplido el punto anterior e! infractor accederá a la aplicación "MTEySS Convenios de Pago" Convenios de Pago"utilizando para su identificación la Clave de Identificación Tributaria (C.U.LT.) y la Clave Fiscal otorgada por la AFIP las cuales serán autenticadas.

Destinatario/s:

Empleadores que adeuden el pago de multas por infracciones laborales.

¿Qué necesito para realizarlo?

En todos los casos se debe contar con el CUIT del empleador y clave fiscal solicitada en AFIP.

Tener habilitado a través de la página web de la AFIP el servicio "Trabajo Santa Fe-Convenio de Pago".

Poseer Clave Bancaria Única (CBU).

¿Cuánto cuesta?

Gratuito

¿Dónde se realiza?

El tramite es virtual. Acceda a la normativa Res. Nº 176/24 - Nuevo reglamento para la suscripciónde convenios de pago de multas.

Observaciones:

La nueva resolucion se encuentra el nuevo procedimiento, las exigencias a cumplimentar a los fines de la suscripciónde los convenios para el pago de multas, las notas de allanamiento para deudas en gestión judicial y el "Instructivo para Convenios de pago"

Normativas relacionadas:

Resolución Provincial 0176/2024 - Nuevo reglamento para la suscripcion de convenios de pago de multas

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