Municipios y Comunas: Solicitud de recursos para la construcción de obras y adquisición de equipamiento y rodados (Ley 12.385)

Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.

¿En qué consiste?

El Fondo se enmarca dentro de la Ley Provincial N° 12.385 y modificatorias (Decreto Reglamentario 1123/2008). Permite a los Municipios de Segunda Categoría y a las Comunas, solicitar aportes no reintegrables para la construcción de obras y adquisición de equipamiento y rodados.

Los proyectos presentados son evaluados por una Comisión de Seguimiento integrada por representantes del Gobierno Provincial: Poder Ejecutivo y ambas Cámaras del Poder Legislativo.

Se podrán presentar proyectos de manera individual o en asociación con otros municipios y comunas, hasta un máximo de tres proyectos por año, y sin que éstos superen el monto máximo anual asignado a cada localidad.

Destinatario/s:

Municipios de Segunda Categoría y Comunas de la Provincia de Santa Fe.

¿Qué necesito para realizarlo?

Se debe reunir la siguiente documentación:

  • Formulario Identificación del Proyecto (original y rubricado por autoridad local)
  • En caso de compra y/o expropiación de inmuebles, Formulario Datos del Inmueble. (original y rubricado por autoridad local)
  • Copia certificada por autoridad judicial y/o notarial del acta de reunión de la Comisión Comunal o Consejo Municipal en el cual se aprobó la Ordenanza y de las citaciones a la totalidad de sus miembros para participar expresamente de la misma.
  • Copia de ordenanza solicitando el aporte de los fondos. Modelo Ordenanza Solicitud

Requisitos según tipo de proyecto

Pueden presentarse tres tipos de proyectos:

1) Proyecto de Construcción de Obras

2) Proyectos de Adquisición de equipamiento y/o rodados

  • Justificación: Necesidad a cubrir con el equipamiento a adquirir.
  • Descripción técnica del equipamiento o rodado a adquirir: apropiada para cubrir la necesidad planteada en la justificación.
  • Estado del bien referido: información precisa sobre si el bien es nuevo o usado.
  • Adjuntar dos o más presupuestos de equipamiento que cubra los requisitos técnicos.
  • Tener en cuenta que las contrataciones deben ajustarse a la legislación vigente.

3) Solicitudes de fondos para emergencia climática

En los casos de emergencias climáticas, los municipios y comunas podrán presentar solicitud de fondos para reconocimiento de gastos de urgente ejecución que tuvieron que enfrentar durante dicha emergencia. Para la realización de dicho trámite, se deberá presentar una nota de solicitud dirigida al Secretario de regiones, municipios y comunas, computo y presupuesto de gastos ocasionados y fotos respaldatorias.

Para la Rendición de Cuenta

Presentación de la siguiente documentación:

Instructivo Rendición de Cuentas - Ley 12.385

La rendición de los fondos otorgados en el marco de la Ley 12.385 se realiza ante el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, oficina de Rendición de Cuentas (Casa de Gobierno – 1er. Piso – 0342 4506600 int. 1263)

Instructivo Rendición obras menores nuevo - 2017: Instructivo Nuevo Obras Menores - RENDICIONES.pdf 209,62 kB

¿Cuánto cuesta?

Gratuito

¿Dónde se realiza?

Para el inicio del trámite

  • Centros Cívicos Regionales:
    • Centro Cívico Región 1 – Nodo Reconquista, Hipólito Yrigoyen 1415 - Teléfono: 03482-438895/6
    • Centro Cívico Región 2 – Nodo Rafaela, Bv. Santa Fe 2771 - Teléfono: 03492 – 453061/2
    • Centro Cívico Región 3 – Nodo Santa Fe, Ruta Nacional Nº11, Kilómetro 482, Recreo - Teléfono: 0342 – 4967167/8
    • Centro Cívico Región 4 – Nodo Rosario, San Lorenzo 1949 - Teléfono: 0341- 4721859/60
    • Centro Cívico Región 5 – Nodo Venado Tuerto, 9 de Julio 1765 - Teléfono: 03462-408800/1
  • Mesa de Entradas de la Dirección General de Despacho de la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas, de 7:30 a 18:00 (horario corrido). Casa de Gobierno, oficina 41 P.B

Observaciones:

Los proyectos son seleccionados por el Gobierno Provincial con intervención de la Comisión de Seguimiento (integrada por representantes del Ejecutivo y de ambas Cámaras del Poder Legislativo provincial). Los gobiernos locales pueden presentar proyectos de manera individual o asociada hasta un máximo de tres por año, sin que éstos superen el monto máximo anual asignado.

Podrán efectuarse consultas a la siguiente dirección de correo electrónico: consulta.srmyc@santafe.gob.ar

Podrán remitirse por anticipado a la dirección de correo electrónico referida el formulario de identificación y el proyecto a los efectos del inicio de su evaluación. Esta remisión no exime al Municipio o Comuna del envío de dicha documentación en formato papel.

Formularios relacionados:

    application/vnd.ms-excel Formulario Identificación del Proyecto 2017 excel - 12,50 kB
    application/msword Formulario (2) - 693,00 kB
    application/msword Formulario (3) - 181,38 kB
    application/msword Formulario (4) - 167,59 kB
    application/pdf Instructivo Rendición Ley 12385 - 568,58 kB
    application/pdf Instructivo Rendición obras menores nuevo - 2017 - 209,62 kB
    application/pdf Acreditación de la no existencia de obra - 2017 - 130,26 kB
    application/pdf Modelo de acta de acreditación de la no existencia - 140,87 kB

Normativas relacionadas:

Ley Provincial 12385/2004 - Fondo Obras Menores para Municipios y Comunas
Decreto Provincial 1123/2008 - Reglamentación Ley 12385

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