Resolución General 005/2016
Título
Asociaciones mutuales deberán conformar las bases imponibles de acuerdo a lo establecido en el art. 193 inc. b) del Código Fiscal, modificado por Ley 13525 art. 66
Fecha
21/01/2016
Asociaciones mutuales deberán conformar las bases imponibles de acuerdo a lo establecido en el art. 193 inc. b) del Código Fiscal, modificado por Ley 13525 art. 66
21/01/2016