Designación del Defensor del Pueblo Adjunto - Zona Norte
La Ley Provincial 10396 establece que el Defensor del Pueblo y los adjuntos son designados por el Poder Ejecutivo, con Acuerdo de la Asamblea Legislativa.
A través de la Resolución 0001/2009 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se aprueba la Reglamentación del Decreto 3053/2008 que establece un procedimiento para el nombramiento del Defensor del Pueblo, sus adjuntos y del Defensor Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes.