El decreto 647/2020 establece nuevas medidas dispuestas para el ingreso al territorio provincial, desde las 0 horas del lunes 27 de julio del 2020.
En este sentido, se determina que aquellas personas que no sean residentes de la provincia de Santa Fe, provengan de zonas con circulación local de Coronavirus, no realicen actividades exceptuadas y deban ingresar a la provincia, tendrán que presentar el resultado de un hisopado o testeo de Covid 19 negativo con una antigüedad no mayor a 72hs.
Las zonas determinadas con circulación local de Coronavirus y con medidas de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) son determinadas por el Ministerio de Salud de la Nación.
A su vez, las actividades exceptuadas a la fecha son:
En el caso de personas vinculadas a estas tareas serán sometidos a test análogos, realizados por el personal sanitario responsable. Además deberán contar con la Declaración Jurada de Salud, realizada desde la aplicación o esta página web.
Asimismo, se recuerda que toda persona que realice un viaje interprovincial deberá tener la aplicación Covid19 Provincia de Santa Fe, siendo residente o no, de la provincia. Ante consultas sanitarias deberán comunicarse al 0800 555 6549 durante las 24hs, y por consultas de transporte podrán hacerlo al 0800 777 0801 de lunes a viernes de 8 a 14 hs.
Por último, recordamos que las medidas de aislamiento y no sociabilización continúan vigentes de acuerdo a lo dispuesto por el decreto 543/20.
*(1) Personal de mano de obra única tienen que tener un permiso solicitado vía mail a: transporte@santafe.gob.ar
El Certificado Único habilitante para circulación – Emergencia COVID-19, expendido por Estado Nacional para las actividades exceptuadas, es gratuito.
De acuerdo con la Decisión Administrativa 897 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, publicada en el Boletín Oficial de la Nación, los «Certificados Únicos Habilitantes para Circulación – Emergencia COVID 19» emitidos hasta la fecha conservan su vigencia hasta las cero (0) horas del día 30 de Mayo.
Las personas que posean certificado vigente como los que fueron exceptuados por Resolución del Ministerio del Interior N° 48/20 deberán tramitar la nueva autorización sin excepción.
El Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual expendido por Estado Nacional para autorizar el traslado excepcional de las personas que estén cumpliendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio en un domicilio diferente al de su residencia habitual y deseen regresar a través de vehículos particulares.
Las actividades exceptuadas podrán circular en la provincia de Santa Fe con la siguiente documentación:
Los rubros exceptuados se encuentran detallados en el Instructivo para permisos de circulación