Productores Apícolas

Sabemos lo importante de acompañar al productor

La apicultura en Santa Fe es una actividad productiva reconocida a nivel nacional e internacional. El gobierno busca promover su desarrollo sostenible, garantizando la soberanía alimentaria y el arraigo local. Se enfoca en la producción, los mercados y la agregación de valor en la cadena apícola, con apoyo institucional, promoción y financiamiento integral.

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Inscripciones

Emergencia

Sobre DDJJ Emergencia Apícola

Se prorroga la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario dispuesta por los Decretos N° 0020/22 y 0080/22 desde el día 1° de julio de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023.

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Apicultura Santafesina

Promoción de la Ley Apícola 13.870 - Exención impositiva

¿En qué consiste?

Promoción, protección y desarrollo de la actividad apícola en la Provincia de Santa Fe a través de la aplicación de la Ley 13.870.

Procedimiento para un productor apícola:

Los productores apícolas que soliciten los beneficios contenidos en la Ley N° 13.870, deberán realizar la presentación de un formulario a modo de declaración jurada, ingresando a Promoción de la Ley Apícola .

Destinatario/s:

Productores apícolas cuyas explotaciones se encuentren ubicadas en la totalidad de los distritos de todos los departamentos de la Provincia de Santa Fe, que se encuentren inscriptos en Registro Único de Producciones Primarias (RUPP).

Imagen para requisitos
Requisitos

Realizar el trámite

El Productor apícola deberá presentar:

  • Declaración Jurada de la Actividad Apícola de forma online.
  • Documentación que acredite el régimen de tenencia de la tierra (escritura, contrato de arrendamiento y/o testimonio).
  • Copia de DNI y/o Acta de constitución de la persona jurídica.
  • Número de RUPP
  • RENAPA

¿Cuánto cuesta? Gratuito.


Emergencia Apicultura

Emergencia

Implementación de la normativa vigente donde se declare situaciones de emergencia y/o desastre agropecuario.

Se prorroga la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario dispuesta por los Decretos N° 0020/22 y 0080/22 desde el día 1° de julio de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023.

Emergencia y/o desastre apícola 2022

Decreto 2476/22

Los productores apícolas que deseen alcanzar los beneficios de la Emergencia y/o Desastre Agropecuario deberán completar una declaración jurada ingresando a Emergencia Agropecuaria- Sistema de Gestión de Emergencia Apícola. La fecha límite de presentación de las declaraciones juradas de emergencia agropecuaria se extenderá hasta el día martes 28 de febrero de 2023.

¿En qué consiste?

A través del Decreto Nº 2476/22 se prorroga la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario dispuesta por los Decretos N° 0020/22 y 0080/22 desde el día 1° de julio de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023 para todas las explotaciones agropecuarias afectadas por el evento climático sequía, que se encuentran ubicadas en todos los distritos de todos los departamentos excepto Gral. López.

Además, se declara en situación de Emergencia y/o Desastre Agropecuario desde el 1 de noviembre de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023 a las explotaciones agropecuarias afectadas por el evento climático sequía, que se encuentran ubicadas en la totalidad de los distritos del Departamento General López, exceptuando a los productores agropecuarios amparados por la Ley N° 14165, cuyas producciones han sido afectadas por un anegamiento permanente, quedando las mismas excluidas de ser contenidas en el marco de un evento adverso de característica transitoria de sequía.

Procedimiento para un productor apícola:

Los productores apícolas que soliciten los beneficios contenidos en la Ley N° 11297, deberán realizar la presentación de un formulario a modo de declaración jurada, ingresando a Emergencia Agropecuaria- Sistema de Gestión de Emergencia Apícola.

Destinatario/s:

Productores agropecuarios cuyas explotaciones se encuentren ubicadas en la totalidad de los distritos de todos los departamentos de la Provincia de Santa Fe, que se encuentren inscriptos en Registro Único de Producciones Primarias (RUPP).

Imagen abjeas Imagen miel

Imagen para requisitos
Requisitos

Realizar el trámite

El Productor apícola deberá presentar:

  • Declaración Jurada de Emergencia Apícola por distrito y se presentara de forma online.
  • Copia de DNI
  • RUPP en el distrito que va a presentar la declaración jurada de Emergencia Agropecuaria.
  • RENAPA

¿Cuánto cuesta? Gratuito.


Contacto
¿Dónde se realiza?

Santa Fe

Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología – Subdirección General de Ordenamiento Territorial y Emergencia Agropecuaria: email: emergenciaagrop@santafe.gov.ar 0342 - 4505300 (int. 4198-4134-4159) Bv. Pellegrini 3100. Santa Fe.

Rosario

Sede Rosario: 0341-4721537
Mitre 930 3er piso.
Rosario.

0341 - 4721537

Reconquista

Norte Reconquista: 03482-421340/420160 General Obligado 975. Reconquista.

03482-421340

Ultimas novedades

Novedades

Desde esta seccion Ud. podrá acceder a diferentes recursos vinculados a la actividad apícola provincial.

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Buenas Prácticas Apícola

El Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de Santa Fe promueve la implementación de las BPA y BPM en las Salas de Extracción de acopio de miel y cera, esta herramienta es fundamental para garantizar la inocuidad de los productos miel y cera que se extractan en las Salas de la Provincia de Santa Fe.

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Marco Normativo Provincial

La actividad apícola en el territorio provincial se rige por la Ley 13.870 de Promoción, Protección y Desarrollo de la Actividad Apícola en La provincia de Santa Fe y el Decreto Reglamentario 3165 del 28 de Octubre del 2019.

Mas información

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Mesa de dialogo apícola provincial

Esta Mesa como cuerpo consultivo permanente es el ámbito de consensos e institucionalidad de los actores de la cadena apícola santafesina, en ella se encuentran representados los productores por intermedios de sus organizaciones, entidades gremiales, técnico-científicas, de fiscalización, ministerio de educación, exportadores, fraccionadores locales y representantes del poder legislativo.

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