Deben inscribirse en el RBPCME todos aquellos que realicen contrataciones con cualquiera de los sujetos comprendidos en el Sector Público Provincial No Financiero que se encuentren alcanzados por las excepciones previstas en el artículo 116 de la Ley N° 12.510.
La inscripción en el "Registro de Beneficiarios de Pagos para Compras Menores o Excepciones" (RBPCME) habilitará únicamente para resultar adjudicatario en gestiones encuadradas en el artículo citado en el párrafo precedente, no siendo válida para aquellas gestiones en las cuales se requiera la inscripción en el REGISTRO ÚNICO DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS (RUPC).
Procedimiento de Inscripción/renovación/modificación de datos
Deberán presentar el formulario correspondiente acompañado con la documentación complementaria
de acuerdo al tipo de trámite.
Plazos:
El interesado dispondrá de cinco (05) días corridos, a partir de la recepción de la notificación
correspondiente, para presentar la documentación que haya omitido para su inscripción,
renovación de inscripción o modificación de datos.
La Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes procederá a la aceptación o rechazo de la solicitud de inscripción, renovación de inscripción o modificación de datos del interesado una vez analizada la totalidad de la documentación aportada.
El Registro Único de Proveedores y Contratistas podrá requerir documentación complementaria, así como también podrá solicitar información a otros organismos a los fines de ampliar la información que estime necesaria y resulte atinente a la condición de Proveedor de Compras Menores.
Vigencia de la inscripción:
La inscripción o renovación de inscripción en el Registro de Beneficiarios de Pagos para Compras Menores
o Excepciones (RBPCME) tendrá una validez de treinta y seis (36) meses contados a partir de la fecha de la
Resolución que la otorgó, pudiendo la Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes ampliar o disminuir
dicho plazo.
La falta de renovación de inscripción implicará la pérdida de la vigencia en el RBPCME, y derechos que conlleva la misma.
Notificaciones:
A los fines del trámite de inscripción/renovación de inscripción o modificación de datos en el
Registro de Beneficiarios de Pagos para Compras Menores o Excepciones, se utilizará el correo
electrónico como medio de notificación. Las mismas serán enviadas a la dirección de e-mail
consignada en el formulario respectivo.