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La Donación

Hay enfermedades que sólo pueden afrontarse mediante un trasplante. Órganos, tejidos, células madre, sangre y plasma pueden contribuir a mejorar la calidad de vida y prolongar la supervivencia de las personas mediante técnicas médicas sencillas, como una transfusión, o más complejas, como los trasplantes e implantes.

La posibilidad concreta de realizar un tratamiento médico mediante trasplante de órganos y tejidos se habilita a partir del momento del fallecimiento de una persona donante. El proceso comprende a donantes vivos cuando se trata de células madre y de ciertos órganos, como el riñón y el hígado.

Desde lo ético se sostiene el derecho que posee toda persona a solicitar esta práctica para seguir viviendo o mejorar su calidad de vida. Para ello es necesario verificar que el donante ha aceptado en vida ofrecer sus órganos y tejidos o que sus familiares acepten hacerlo con posterioridad a su fallecimiento.

Es responsabilidad del Estado proteger tanto a donantes como receptores y regular estas acciones para garantizar calidad técnica, gratuidad, y fundamentalmente aplicar el principio de equidad en la distribución.

Para ser donante sólo hay que manifestarlo por escrito mediante un formulario que se encuentra en las oficinas de CUDAIO, o expresarlo online accediendo a la página web del CUDAIO. En caso de fallecimiento y no tener la manifestación expresa, la Ley considera a la persona como “donante presunta”, corroborando esta última decisión con sus familiares más cercanos.