Arbolado Público
Ley Provincial 13836/2019 - Decreto Provincial 3674/2019
La presente ley tiene por objeto, establecer una política de estado en materia ambiental, a través de la promoción y la conservación del arbolado en todo el territorio provincial, generando un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano.
Declárese actividad de interés público la promoción y conservación del arbolado y toda aquella que resulte conexa a la misma, para la generación de un ambiente sustentable.
Arbolado público
Se considera Arbolado Público al existente en todo espacio verde, plazas, parques, paseos, arbolado de alineación, sean de carácter urbano o rural, situados en bienes de dominio público provincial, municipal o comunal.
5º- Prohibiciones: Prohíbese la extracción, la poda de partes aéreas y subterráneas, y la tala de ejemplares del arbolado público, así como la fijación, aplicación o acumulación de elementos, sustancias extrañas o cualquier otra intervención que pudiera causar daño sobre el mismo.
7º- Plan de Gestión Integral municipal y comunal: Las municipalidades y comunas, deberán elaborar un Plan de Gestión Integral del Arbolado Público, con el asesoramiento y dictamen de profesional competente en la materia, que será presentado a la Autoridad de Aplicación, cada cuatro (4) años.
El Plan de Gestión Integral deberá contar como mínimo con:
a) Diagnóstico del arbolado existente, acompañado con el plano de la localidad;
b) Objetivos y actividades para la mejora del arbolado a conservar y a reponer;
c) Recursos humanos y materiales a afectarse; y,
d) Metas anuales de forestación del arbolado público, indicando objetivos, su relación con la densidad poblacional, y plazos esperados de forestación lograda.
Las municipalidades y comunas presentarán en el primer trimestre de cada año, una evaluación de las actividades proyectadas y las efectivamente ejecutadas, junto a la guía de acciones que detalle las tareas de plantaciones, poda y extracciones previstas para el año en curso: Plan de Avance Anual.
Año 2020
Durante el año 2020, y en virtud de la situación reinante con el COVID-19, se extenderá el plazo de presentación del Plan de Arbolado (o Plan de Avance Anual), hasta el 1 de junio, el mismo deberá estar respaldado por un profesional con incumbencias en el tema “Arbolado”, no pudiendo realizar intervenciones el Municipio o Comuna hasta la presentación y aprobación del mismo, salvo situaciones de riesgo, las cuales deberán ser comunicadas a los teléfonos de contacto disponibles al pie de la página.
El Plan de Gestión será exigido a partir del 2021, cuando se haya tenido la posibilidad de realizar el inventario de la localidad y en virtud de ello poder jerarquizar el arbolado y las necesidades a atender. Oportunamente se va a comunicar la metodología recomendada para realizar el inventario a partir de la primavera en donde se puedan identificar correctamente las especies.
Se solicita que en el Plan de Arbolado o de Avance, se profundice la planificación de la Forestación/Plantación, en cuanto a que lugares estén disponibles para plantar en relación a la función en ese espacio, ancho de veredas, paso de servicios subterráneos y existencia de líneas aéreas de media tensión, especies adecuadas por su magnitud y longevidad, para evitar realizar grandes inversiones en mantenimiento periódico. Atendiendo también a la posibilidad real de mantenimiento hasta lograr o establecer los ejemplares (riego, cuidado de hormigas, etc). Estos proyectos se van a vincular a futuro con la posibilidad de apoyo para su concreción por parte del Ministerio.
Dada la situación especial de COVID-19 y en función de asegurar el suministro energético se ha trabajado con la Empresa Provincial de la Energía para establecer una comunicación que permita el trabajo y la seguridad en el suministro de energía. Cada Municipio o Comuna será informado ante intervenciones para coordinar esfuerzos, de modo que el trabajo resulte en beneficio de la continuidad del servicio pero con el cuidado de los árboles.
Para más información contactarse con las distintas sedes del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático:
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Santa Fe
Patricio Cullen Nº 6161, Santa Fe. Teléfono: (0342) 4579210/11/16 interno 108 -
Rosario - Dirección Provincial Delegación Zona Sur
Montevideo 970. Teléfono: (0341) 4294100 /4294132.
Av. Eudoro Carrasco 4500. Teléfono: (0341) 152674692 (Sede Ribera) -
Reconquista - Dirección Provincial Delegación Zona Norte
Hipólito Yrigoyen Nº 1001. Teléfono: (03482) 449189 - Email: arboladopublico@santafe.gov.ar