Ficha informativa

Nombre completo

Ministerio de Gobierno e Innovación Pública

Normativa de Creación
Ley N°1231
Misión
El Ministerio de Gobierno e Innovación Pública asiste al Poder Ejecutivo en todo lo inherente al gobierno interno, a la relación con el Poder Legislativo, los asuntos y procesos electorales y el desarrollo institucional de la Provincia. Le corresponde entender en las relaciones institucionales y comerciales con otros Estados, con el Gobierno Nacional y con el de otras provincias. Asiste al Poder Ejecutivo en su vinculación con la Iglesia Católica, Apostólica y Romana, la Iglesia Cristiana Evangélica y con los demás cultos autorizados. Tiene a su cargo las políticas y estrategias de articulación con municipios y comunas tendientes al desarrollo humano, territorial e Institucional, en un marco de respeto al principio de autonomía municipal. Tiene bajo su órbita los registros provinciales y la relación con la ciudadanía. Asiste al Poder Ejecutivo en la planificación, coordinación, monitoreo y evaluación de las políticas públicas; la reforma de la administración pública mediante políticas de innovación, agilización, simplificación y desburocratización y todo lo atinente a la política de incorporación, desarrollo y sostenimiento de sistemas, equipamientos e Infraestructuras tecnológicas.
Funciones
  1. Entender en la coordinación de las reuniones de Gabinete, presidiéndolas cuando el Poder Ejecutivo así lo ordene;
  2. Entender en el trámite administrativo del despacho que cursen al Poder Ejecutivo, los Ministerios y demás órganos de la Administración Pública Centralizada o Descentralizada, actuando como elemento central de enlace y coordinación, así como en el registro, protocolización, formación de índice y custodia de todo decreto que se suscriba;
  3. Entender en la coordinación y Superintendencia administrativa entre los diferentes Ministerios y demás órganos, para el cumplimiento de los objetivos propuestos por el Poder Ejecutivo y para el desarrollo de la actividad administrativa que, en razón de la lucra a distintas áreas de la Administración Pública Provincial;
  4. Entender en la dirección, organízación y funcionamiento de la imprenta oficial;
  5. Entender en la organización, régimen y dirección del Archivo General de la Provincia, en coordinación con el Ministerio de Cultura;
  6. Entender en las relaciones con el Gobierno Nacional, con los otros Estados Provinciales y el funcionamiento de la Región Centro;
  7. Entender en las relaciones con el Poder Legislativo de la Provincia y en la organización y dirección del registro de leyes provinciales, como así también en el registro y protocolización de los tratados, contratos y convenios interjurisdiccionales y en ta compilación y sistematización de la legislación nacional y provincial en vigencia;
  8. Entender en la división política de la Provincia, en la descentralización de funciones y competencias del gobierno central, en cuestiones de límites y tratados interprovinciales, en la vinculación institucional con municipalidades y comunas y en la coordinación de las relaciones entre los gobiernos locales;
  9. Entender en la elaboración de políticas que impliquen el fortalecimiento del Régimen Municipal y que aseguren la autonomía municipal, as! como también establecer mecanismos que permitan la asociación intermunicipal;
  10. Entender en el planeamiento urbano y en el asesoramiento a las municipalidades y comunas en dicha materia;
  11. Intervenir en la promoción del crecimiento, ordenamiento y evoludón de pueblos y ciudades en todo el territorio provincial;
  12. Entender en los planes, proyectos y programas que deban llevarse adelante conjuntamente con los gobiernos locales;
  13. Coordinar el establecimiento de políticas y mecanismos que aseguren la participación ciudadana en las medidas de gobierno, sin perjuicio de la competencia que corresponda a cada cartera de gobierno respecto a entidades constituidas para cooperar con los fines propios de cada una de ellas;
  14. Entender en su relación con los cultos autorizados por la autoridad competente, garantizando la libertad religiosa;
  15. Entender, a. través de la Secretaria Legal y Técnica, en la relación conJa-Flscajia;de Estado y en el Régimen del Estado en Juicio y en la organiz c’íOn de su defensa, representación y dirección;
  16. Entender en el régimen electoral de la Provincia y en el régimen de los Partidos Políticos, en la convocatoria, cumplimiento y garantla de los procesos electorales;
  17. Entender en los actos de carácter patriótico, efemérides, feriados, custodia de emblemas y símbolos nacionales, provinciales y extranjeros, así como en la erecc1on y emplazamiento de monumentos; esto último con participación del Ministerio de Cultura;
  18. Entender en la definición y política a seguir en materia de relaciones públicas y actividades protocolares;
  19. Entender en la elaboración y difusión de la información de los actos de gobierno y de los mensajes del Poder Ejecutivo y la planificación de políticas de comunicación que acerquen el Gobierno a la ciudadanía;
  20. Entender en las relaciones instltuclonales del Gobierno Provincial ante los organismos internacionales de fomento y cooperación para el desarrollo, los órganos del Mercosur y de la Unasur, los órganos de la Región Centro y los órganos de Crecenea y Codesul, sin perjuicio de las competencias de las restantes carteras de gobierno para mantener relaciones con los organismos y jurisdicciones mencionadas;
  21. Entender en las relaciones con el cuerpo consular acreditado en la Provincia y con los diplomáticos en tránsito o de visita en ésta;
  22. Entender en la organización y dirección de todos los servicios de la Casa de Gobierno y en la delegación en la sede de la ciudad de Rosario;
  23. Entender en la supervisión de la participación de las distintas áreas gubernamentales en la actividad de la Delegación de la Provincia de Santa Fe en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, coordinando la difusión y promoción de los aspectos económicos, institucionales, culturales, históricos, científicos, turísticos y todo otro de interés provincial;
  24. Entender en la Superintendencia administrativa del personal de la delegación del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la ciudad de Rosario;
  25. Entender en la atención de la Red Presidencial de Comunicaciones e inteJ:-venll en el sistema de comunicaciones para uso del Gobierno, en coordinación con el Ministerio de Justicia y Seguridad;
  26. Entender en la dirección, ordenamiento y organización de los servicios de movilidad aérea, terrestre y fluvial al servicio del Gobierno Provincia!, coordinando con los Minlster1os la utilízaclón de los mismos;
  27. Entender en la capacitación del personal de la Administración Pública Provincial, en coordinación con las áreas correspondientes del Ministerio de Economía;
  28. Entender en el seguimiento y evaluación del sector público provincial, centralizado y descentralizado en todos sus niveles, Informando al Poder Ejecutivo y autoridades superiores de cada jurisdicción de los desvíos que se detecten para su inmediata corrección;
  29. Entender en la formulación y coordinación del Plan Estratégico del Gobierno de la Provincia y ejercer como Órgano Rector en materia de planificación, monitoreo y evaluación de políticas públicas;
  30. Intervenir en los estudios de análisis y diagnóstico sectorial y regional a nivel provincial;
  31. Entender en las relaciones entre el Poder Ejecutivo y la Sindicatura General de la Provincial;
  32. Entender en la formulación y coordinación de las políticas de reforma e innovación de la administración pública provincial que tiendan a simplificar y agilizar procesos y trámites y a desburocratizar el Estado, ejerciendo como Órgano Rector en la materia;
  33. Entender en la formulación de políticas e iniciativas orientadas a la construcción de capacidades organlzacionales, institucionales y sociales para la Innovación, que promuevan el desarrollo de una cultura innovadora y la superación de la brecha digital;
  34. Entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimientos aplicables a la mejora de la gestión y a la Incorporación de las Nuevas Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICs);
  35. Entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas y en el proyecto, dirección, construcción, administración y operación del sistema de telecomunicaciones de la Provincia;
  36. Entender sobre los Modelos de Gobernanza de los Datos Públicos, la interacción, integración, intercambio y acceso a los aat de manera integral, sistemática, transparente y oportuna, independientemente de la entidad que los gestione;
  37. Entender sobre la elaboración, desarrollo y puesta en funcionamiento de sistemas y/o plataformas basadas en tecnologías emergentes como Inteligencia Artificial, Blockchain, o las que se generen;
  38. Entender en la elaboración y dirección de programas para la prevención de catástrofes, organizando un sistema de Protección Civil provincial, en coordinación y colaboración con otros organismos nacionales1 provinciales, municipales y de la sociedad civil;
  39. Entender en la organización, régimen y dirección del Registro Civil e identificación de las personas;
  40. Entender en la organización, dirección y fiscalización del régimen notarial y en la formalización de los actos notariales de la Provincia, así como en la Dirección de los Registros de Derechos sobre los bienes y los gravámenes que sobre ellos pesen o se constituyan;
  41. Entender en la autorización y fiscalización, según corresponda, conforme a las leyes aplicables, de las sociedades, asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones, en coordinación con la Fiscalía de Estado;
  42. Entender en el registro, administración y destino de Bienes y Derechos Patrimoniales objeto de secuestros u otras medidas en causas judiciales, otorgándoles una utilidad social;
  43. Entender en el Registro Provincial de Desarmaderos, Chatarrerías y Comercios de Compraventa de Repuestos Usados con el fin de crear condiciones de seguridad jurídica en relación a la actividad realizada;
  44. Entender en la concertación de la política salarial del sector público, en coordinación con el Ministerio de Economía;
  45. Velar por el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible previstos en la Agenda 2030 de la Organización de Naciones Unidas en lo que se refiere a las áreas de su competencia;
  46. Intervenir y participar en toda gestión que le encomiende el Poder Ejecutivo.
Autoridad en el cargo
Fabián Lionel Bastia