Ficha informativa

Nombre completo

Secretaría de Obras Públicas

Normativa de Creación
Decreto N°0979/2024
Asistir al Ministro de Obras Públicas en la elaboración y ejecución de la política provincial de obras públicas y de arquitectura, y proponer el marco regulatorio relativo al manejo de las obras públicas, vinculando y coordinando la acción de las demás jurisdicciones y organismos intervinientes en la problemática de las áreas de su competencia.
Funciones
  1. Promover y desarrollar en toda la estructura del ministerio, planes, programas, proyectos o acciones que fortalezcan la transparencia en la obra pública.
  2. Entender en lo relativo a proyectos, construcción, reparación, mantenimiento y demolición de edificios públicos de cualquier naturaleza, así como cualquier otro trabajo de arquitectura o ingeniería que ejecute la provincia, con intervención del Ministerio o Secretaría de Estado para el cual se destinen las obras.
  3. En el caso que las edificaciones sobre las que se intervenga sean parte del patrimonio arquitectónico, cultural o histórico de la Provincia, o se encuentren situadas en zonas así declaradas, las acciones que se programen y emprendan se harán en coordinación con el Ministerio de Cultura.
  4. Participar en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional que otros países u organismos internacionales ofrezcan para el cumplimiento de los objetivos y políticas de obras públicas de la Provincia.
  5. Asistir en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para llamados a concursos y/o licitaciones, como así también intervenir en los procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia, hasta su finalización.
  6. Coordinar los estudios para la actualización de la normativa vigente, en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica de equipos, seguros, régimen de tarifas, cánones, aranceles y tasas y toda otra normativa vinculada con las acciones de su competencia.
  7. Entender en la legislación, reglamentación y fiscalización de los sistemas de reajuste del costo de las obras, los trabajos públicos o de saldos de deudas a cargo
    de la Administración Provincial.
  8. Brindar asesoramiento técnico al Ministro y asistirlo en la elaboración de proyectos y seguimiento de la ejecución de las obras.
  9. Informar mensualmente al Ministro sobre el desarrollo de los proyectos, programas y actividades a su cargo.
  10. Entender en el plan provincial de inversión pública según prioridades y directivas que determine el Poder Ejecutivo, en el marco de sus competencias, y coordinando con el Ministerio de Economía.
  11. Articular con programas locales, provinciales y nacionales.
  12. Intervenir en la generación de acuerdos con los organismos correspondientes a fin de desarrollar acciones de investigación aplicada, para avanzar en la utilización de productos, propios de cada región, que favorezcan la preservación del ambiente, la utilización de energías renovables y la eficiencia energética, en coordinación con el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático.
Autoridad en el cargo
Marcelo Darío Pascualón
Normativa Designación
Decreto N°0054/2023