Ficha informativa

Nombre completo

Secretaría de Hacienda

Normativa de Creación
0061/2023
Misión
Asistir al titular de la jurisdicción y colaborar con todo lo atinente a las políticas ministeriales y en las incumbencias que la Ley N° 14.224 de Ministerios fija a la misma. Ejecutar las políticas fijadas por la Superioridad, vinculadas a la previsión, percepción, administración, inversión y fiscalización de medios económicos de la Administración Provincial,  específicamente en materia presupuestaria financiera y patrimonial, así como las facultades específicas que se deleguen.
Funciones
  1. Entender en la elaboración, el control de la ejecución y el cumplimiento del presupuesto provincial y sus normas, con intervención de los demás Ministerios y Secretarías de Estado
    en el área de competencia específica de cada uno de ellos.
  2. Entender en la compatibilización de las políticas, planes y programas de naturaleza económica de las diversas áreas de gobierno, participando en la determinación de criterios
    para la asignación de los recursos provinciales.
  3. Entender en la distribución de las rentas provinciales, conforme con la asignación aprobada por el Poder Ejecutivo Provincial y en el marco de la legislación vigente.
  4. Entender en la fijación de los niveles de gasto público, en coordinación con los demás Ministerios en el área de competencia de cada uno de ellos.
  5. Entender en todo lo atinente al régimen de coparticipación provincial en los impuestos que recauda la Nación y en los que recauda la Provincia y coparticipa a municipios y comunas, en coordinación con el Ministerio de Gobierno e Innovación Pública.
  6. Coordinar con la Secretaría de Política Económica la programación y dirección de las tareas tendientes al seguimiento de la coyuntura económica y en la elaboración e implementación de modelos de programación macroeconómica.
  7. Disponer, a través de la Tesorería General de la Provincia, la emisión de letras, pagarés o medios sucedáneos de pago en el marco de la normativa vigente en la materia.
  8. Entender en todo lo atinente a la contabilidad de la Provincia, a la fiscalización de todo gasto e inversión que se ordene sobre el tesoro provincial, en el régimen de pagos y en la deuda pública, así como en la fiscalización de los ingresos y erogaciones de los organismos descentralizados y las cuentas y fondos especiales.
  9. Entender en los planes de acción y presupuesto de las empresas y sociedades del Estado, organismos descentralizados y cuentas y fondos especiales, cualquiera sea su denominación y naturaleza, entendiendo en esta materia en la ejecución y supervisión de aquellas que pertenezcan a su jurisdicción.
  10. Intervenir en la elaboración de pautas a adoptar por la incidencia financiera de los regímenes de mayores costos y actualización de saldos de deuda a cargo de la Provincia.
  11. Dictar las normas internas y expedir las circulares u órdenes necesarias para el cumplimiento de las leyes, decretos, reglamentos y resoluciones que correspondan.
  12. Coordinar con la Secretaría de Política Económica todo lo relativo al Agente Financiero, su control y otros convenios con entidades bancarias.
Autoridad en el cargo
María Belen Rita Etchevarria
Normativa Designación
0063/2023
Dependencias
Subsecretaría de HaciendaDirección Provincial de Programación y Seguimiento del Gasto PúblicoDirección Provincial de Programación financiera