SERVICIO COMPLEMENTARIO

Con el aporte al Servicio Complementario los afiliados al IAPOS acceden a una cobertura de importancia y elevado valor económico, incluyendo prestaciones tales como: servicios de sepelio, prótesis odontológicas, elementos médicos no implantables y otros beneficios diferenciales por sobre la cobertura general asegurada.

Se trata de una cuota mensual, equivalente al valor de cuatro órdenes de consulta, que se descontará del haber del afiliado titular, cubriendo con ese valor al titular y a su grupo familiar primario. Para el caso de afiliados voluntarios, el titular deberá abonar cuotas adicionales por cada afiliado voluntario a su cargo.

El descuento de este servicio se realizará al inicio de su relación laboral o beneficio previsional junto al primer aporte a la obra social.

La baja a esta cobertura podrá gestionarse luego de seis meses de aporte al Servicio y a pedido expreso suscripto por el titular. Esta solicitud de baja implicará una restricción para la reincorporación como beneficiario de este servicio de un período de al menos seis meses desde la baja efectiva.

No podrá tramitarse la baja para afiliados voluntarios, ya que su aporte es obligatorio, ni cuando la obligatoriedad de dicho aporte se encuentre establecida por normativa de la obra social (Organismos Adheridos por Cuota, Sistema Abierto)

Los agentes reemplazantes de corta duración de los Ministerios de Salud, Desarrollo Social y Educación no podrán acceder al Servicio Complementario.

Documentación

Para solicitar el alta de este servicio los afiliados titulares deben presentar:

Para solicitar la baja de este servicio los afiliados titulares deben presentar:

 

Solicitud de alta de Servicio Complementario para afiliados en Extraña Jurisdicción.

Los titulares del IAPOS por convenio de reciprocidad en extraña jurisdicción que deseen contar con este servicio deberán abonar una cuota por cada integrante de su grupo familiar primario y por cada afiliado voluntario a su cargo. El pago de este aporte se realizará mensualmente mediante depósito bancario. La boleta de depósito para efectuar el pago podrá descargarse desde la web. La baja a esta cobertura será automática en el caso de adeudar dos meses sin posibilidad de reincorporación.

Para adherirse a este Servicio, el afiliado deberá tramitar el alta en la oficina de Convenios de Reciprocidad del IAPOS. Luego, deberá presentar la siguiente documentación en el área de Afiliaciones: Nota para alta al Servicio Complementario para afiliados por Convenio de Reciprocidad  – Recibo de pago de la integración mínima de seis meses de aporte del titular y de cada afiliado del grupo familiar. La boleta para realizar el pago será emitida por el área de Afiliaciones al momento de solicitar el alta.

Al momento de solicitar el alta se deberá realizar una integración mínima de seis meses de aportes correspondientes al titular y por cada afiliado del grupo familiar. Luego se deberán efectuar depósitos mensuales del valor de la cuota vigente para el titular y cada miembro del grupo familiar.

Observaciones: Luego del cumplimentado el trámite de alta, mensualmente se podrán descargar las boletas de depósito desde el siguiente link: Impresión de boletas de depósito para afiliados por Sistema Abierto, con Licencia sin goce de haberes o para pago cuota de servicio complementario para afiliados con extraña jurisdicción.