Fondo de Financiamiento Educativo


El Poder Ejecutivo, a través del Decreto 3287, con fecha 08/10/13, autoriza a la Dirección General de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado a liquidar y transferir a los municipios y comunas las sumas que resulten por aplicación del artículo 1° del Decreto 2954/13.

La norma legal 2954 establece, en su artículo 1º, "la aplicación de lo dispuesto por el artículo 51º de la Ley Nacional 26784, distribuyéndose entre los municipios y comunas la parte correspondiente que resulte de aplicar idéntico criterio al establecido por Ley Provincial 7457 y modificatorias, adoptándose los resguardos que resulten pertinentes a los fines de garantizar la inversión de los recursos conforme las limitaciones y alcances consignados en la Ley Nacional 26075".

Normas de referencia: Decreto Nº 2954/13; Decreto Nº 3287/13 y Decreto Nº 0161/14.

Distribución año 2023

Distribución año 2022