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Preguntas Frecuentes Formulario 1276 Web

¿Quién tiene que presentar el formulario 1276 web?

Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Santa Fe, tanto locales como del Régimen de Convenio Multilateral, que estén exentos en el impuesto o que corresponda retener a una alícuota diferencial por la actividad que desarrollan.

¿Ante quién se debe presentar el formulario 1276 web?

Ante los agentes de retención y/o percepción del Impuesto sobre los Ingreso Brutos.

¿Qué se informa con el formulario 1276 web?

Se informa con carácter de declaración jurada la condición de sujeto exento del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y/o la alícuota que deben aplicar los agentes de retención y/o percepción por el tratamiento diferencial que tiene la actividad que desarrolla el contribuyente, indicando el tratamiento impositivo en el apartado correspondiente del formulario.

¿Cómo se genera y presenta la declaración jurada?

La declaración jurada se genera ingresando a www.santafe.gob.ar/api - Box destacado FORMULARIO 1276 WEB. Allí encontrará el trámite: Impuesto sobre los Ingresos Brutos: Formulario 1276 web. Declaración jurada de alícuota y Consulta - Contribuyentes. Se accede a la aplicación online a través de CUIT y Clave fiscal de AFIP. Por lo tanto deberá previamente tener adherido desde el administrador de relaciones de AFIP, el servicio API Santa Fe-Formulario 1276 web. Declaración jurada y consulta-Contribuyente.

Este formulario puede confeccionarse en forma individual o por lote. Al incorporarse el correo electrónico del agente de retención y/o percepción, permitirá que éste reciba un aviso por mail donde se le informa que el contribuyente generó dicho formulario, constituyendo de esta manera la presentación de la declaración jurada.

¿Cómo consulta el contribuyente las declaraciones juradas generadas?

Dentro del mismo trámite online Impuesto sobre los Ingresos Brutos: Formulario 1276 web. Declaración jurada de alícuota y Consulta - Contribuyentes se puede acceder a realizar la consulta a las declaraciones generadas tanto individuales como por lote, utilizando distintos tipos de filtros para la búsqueda. Se puede descargar, imprimir o bien podrá exportar los registros obtenidos en la búsqueda a un archivo excel para poder incorporar en los sistemas internos si lo desea.

Los agentes de retención y/o percepción, ¿cómo verifican que se haya generado una declaración jurada (form. 1276)?

El agente podrá verificar dicha declaración, descargarla exportando la información a un archivo excel o imprimirlas ingresando en el sitio www.santafe.gob.ar/api Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Agentes de Retención y/o Percepción, trámite: Ingresos Brutos-Agentes de retención y/o percepción: Consulta de Formulario 1276 web. El acceso es con CUIT y Clave Fiscal previa habilitación del servicio AFIP: API-Santafe – Agentes de retención IIBB -Consulta Form.1276

Si no tengo la cuenta de correo del agente de retención y/o percepción

En la declaración individual, si el contribuyente no incluye la cuenta de mail del agente de retención y/o percepción en la declaración que genera por la web, deberá presentarle al agente el formulario 1276 web impreso.

¿Qué vigencia tiene el formulario 1276 web?

La declaración 1276 web no pierde vigencia mientras no cambien las condiciones que dieron origen a la declaración jurada.

¿Si tengo varios proveedores/agentes ante quienes tengo que presentar el formulario web para el mismo tratamiento impositivo, puedo hacer una declaración para todos?

Para este caso, la aplicación online permite hacer una declaración por lote de agentes.

Deberá adjuntar un archivo de texto plano (.txt) con los datos de CUITs y cuenta de correo de los agentes, separados por coma. Ejemplo:

27126621118, xxx@gmail.com

20125464568, yyy@hotmail.com

27323332551, zzz@empresa.com

¿Si realizo una declaración por lote, se procesa en forma inmediata?

No. El procesamiento de la generación de las declaraciones realizada por lote de agentes tiene un lapso de hasta 24 hs. para que pueda procesarse.

El contribuyente, cuando completa el formulario tendrá que incluir un correo electrónico de contacto. El sistema le enviará un mail de aviso cuando finalice el proceso, si hubo alguna interrupción o si se realizó con éxito.

¿Si desarrollo actividades gravadas y exentas, debo presentar un solo Formulario 1276 web?

No, debe presentar el Formulario 1276 web por cada actividad desarrollada con el objeto de identificar el tratamiento impositivo que tiene la misma. Esto dependerá si el proveedor o prestador de servicios es por la actividad gravada o exenta.

¿Debo presentar el formulario 1276 web estando adherido al Régimen Simplificado?

No es necesario. Con la Constancia de Adhesión (Formulario Nº 1164) obtenida una vez efectuada la categorización o recategorización constituye el documento válido para acreditar su situación en relación al Régimen Simplificado (Art. 13 RG 06/2017 API) y de esta manera no ser sujeto pasible de retenciones y/o percepciones.

¿Si a pesar de presentar la Constancia de Adhesión (Formulario 1164) al Régimen Simplificado, el Agente de Retención y/o Percepción igualmente solicita el formulario 1276 web?

Si el Agente de retención y/o percepción solicita el formulario 1276 Web, deberá confeccionar el mismo e informar en el apartado DESGRAVACIONES / REGIMEN SIMPLIFICADO lo siguiente: Ley 13617 – RG 6/2017 Y MODIFICATORIAS – REGIMEN SIMPLIFICADO.

¿Si soy contribuyente local o de Convenio Multilateral de otra jurisdicción que no sea de la provincia de Santa Fe y no corresponde percepción, como debo informar esta condición en el Formulario 1276 web?

La situación planteada se encuadra en el segundo párrafo del Art.12 de la RG 15/97, debiéndolo informar en el apartado TRATAMIENTO IMPOSITIVO del formulario, seleccionando el campo correspondiente a la RG 15/97 (t.o.18/14 y modificatorias), completando de la siguiente manera:

  • Alícuota: 0% - Art. 12 – Inc: - RG 15/97 (t.o 18/14 y modificatorias)

Asimismo, deberá completar el apartado Para Agentes de Percepción, indicando qué tipo de contribuyente es (Local o de Convenio Multilateral), correspondiente a qué provincia y el número de inscripción en Ingresos Brutos.

Generé una declaración por lote y en el informe de proceso me dice: ERROR - La CUIT es inválida. ¿El lote se procesó?

Cuando en el informe de proceso del lote sale ese mensaje significa que en uno de los registros del archivo del lote tiene un blanco en lugar de una CUIT (PUEDE SER UN ENTER ENTRE DOS REGISTROS O AL FINAL DEL ÚLTIMO REGISTRO) La aplicación no encuentra el dato: CUIT. Pero se procesaron todos los registros válidos.