Mensuras


La mensura es una determinación, medición, ubicación y documentación en un plano de los inmuebles y sus límites conforme a las causas jurídicas que los originan, es decir, la aplicación del título de propiedad al terreno propiamente dicho. La mensura es la generadora de la parcela catastral.

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 22 de la Ley 2996, la unidad catastral se denomina parcela, entendiéndose por tal al bien inmueble urbano, suburbano o rural designado como lote, fracción o unidad de propiedad horizontal, en un plano de mensura inscripto en el organismo catastral competente al tiempo de su registro.

A los fines impositivos, el estado parcelario está compuesto por los siguientes elementos: ubicación y linderos de la parcela, medidas lineales y angulares (si se mencionan), medidas de superficie de la poligonal cerrada de límites del inmueble, y mejoras de carácter permanente que incidan en el valor del inmueble.

Los planos de mensuras pueden ser ejecutados por profesionales habilitados a tal fin: Agrimensores, Ingenieros Agrimensores e Ingenieros Geógrafos.

Los planos de mensuras presentados por los profesionales son controlados, visados e inscriptos en el Servicio de Catastro e Información Territorial.