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La Assal prohibió el suplemento dietario a base de café verde, té verde y goji “Súper Goji”

La medida adoptada incluyó el decomiso del producto, por no estar conforme a lo establecido en el Código Alimentario Argentino.

El Ministerio de Salud provincial, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria, (Assal) prohibió la comercialización en todo el territorio nacional del suplemento dietario a base de café verde, té verde y goji, marca “Súper Goji”, elaborado por TSA.

La medida fue adoptada por la orden Nº 10 del organismo teniendo en cuenta el informe del laboratorio, que concluyó, que en cuanto a rotulación, la muestra analizada “resultó no conforme a lo establecido en el capítulo V del Código Alimentario Argentino con motivo que el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) en el rótulo es inexistente y que no declara además determinada información que es obligatoria”.

El informe emitido por el secretario de la Assal, Raúl Samitier, puso de relieve que al “ser inexistente” el RNE, y al estar rotulado “como producto alimenticio, carece de trazabilidad en cuanto a origen, materias primas, procesos y/o toda actividad realizada con el mismo”.

Al respecto, hizo hincapié en que la “la falta de RNE legalmente válido representa peligros/riegos para la salud ante la eventual circulación, distribución y/o consumo dado que se carece de pruebas para acreditar su seguridad e inocuidad”.

En consecuencia “es necesario establecer una medida preventiva con la finalidad de reducir y/o eliminar los peligros/riesgos que generan los mismos”, aseveró y destacó que en la denuncia efectuada por el consumidor “se acreditó que el producto referido fue adquirido por internet y se ha constatado que en diferentes medios de difusión se verifican referencias del producto en análisis”.

Por ello, Samitier señaló como conveniente que la medida “que se establezca sea informada a las autoridades sanitarias de todo el país, a los medios de comunicación y a los consumidores”.

En paralelo, mencionó que “la Assal mediante órdenes N° 01/16 y 04/16 estableció alertas de productos alimenticios rotulados como suplementos dietarios, en las cuales al igual que en este caso se verifica que se comercializan ingredientes y/o hierbas no autorizadas. Más aún, en la alerta alimentaria Nº 04/16 del producto alimenticio “Suplemento Vitamínico con Guaraná”, marca “ Focus X”, la razón social involucrada es TSA al igual que la del producto de marras “.

De igual modo, subrayó que en la sociedad actual, en donde la comercialización de productos con impacto directo o indirecto en la salud como lo son los alimentos, los medicamentos y tecnología médica se realizan por diferentes medios masivos y de rápida difusión, “es central que -además del deber de vigilancia que tienen determinados organismos públicos- se promueva en los ciudadanos/consumidores herramientas de educación que les brinden recursos para elegir los mismos con diligencia, resguardo propio y específico del objeto en cuestión”.

En este marco, ponderó que la agencia “ejerce el poder de policía en materia de seguridad de los alimentos, siendo competente para intervenir frente a las contravenciones, faltas e infracciones a la normativa vigente”.

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