Historia
Origen y Evolución de Fiscalía de Estado
En sus antecedentes más remotos, la función fiscal estuvo vinculada a la organización judicial y hacendística del Estado provincial. El Estatuto de 1819 contenía referencias vinculadas a la Junta de Hacienda, y el primer reglamento del Poder Judicial de 1833 comenzó a precisar funciones en un contexto institucional todavía marcado por la acumulación de competencias.
Durante el siglo XIX, la organización fiscal fue adquiriendo mayor definición. En 1861, el reglamento de justicia previó la existencia de dos fiscales: un Fiscal General de la Provincia, con asiento en la capital, y un Agente Fiscal en Rosario. A partir de la ley de presupuesto de 1881 y de la posterior reorganización institucional, se fue consolidando la distinción entre las funciones propias del Poder Judicial y la intervención del Fiscal de Estado en la órbita del Poder Ejecutivo.
Hacia 1918, la Ley N.º 1844 organizó la Fiscalía de Estado con personal previsto por la ley de presupuesto y creó el cargo de Fiscal de Estado dependiente directamente del Poder Ejecutivo. Desde entonces, el organismo fue afirmando su función como asesor jurídico del gobierno provincial y como órgano de defensa de los intereses de la Provincia.
La jerarquización constitucional de la Fiscalía de Estado se consolidó a partir de las reformas constitucionales del siglo XX, al reconocer al Fiscal de Estado como funcionario constitucional. El texto constitucional vigente mantiene esa posición institucional: el Fiscal de Estado es el asesor legal del Poder Ejecutivo, tiene a su cargo la defensa de los intereses de la Provincia ante los tribunales de justicia y desempeña las demás funciones que la Constitución y las leyes le encomiendan.
La nómina histórica de Fiscales Generales, Fiscales de Estado y Fiscales Adjuntos, se puede consultar en este enlace


