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Preguntas Frecuentes Sistema Integral de Administración Tributaria



¿Qué es el Sistema Integral de Administración Tributaria?

El Sistema Integral de Administración Tributaria es una aplicación informática por la cual los contribuyentes y/o responsables del impuesto sobre los Ingresos Brutos y quienes resulten designados para actuar como agentes de retención y/o percepción del citado impuesto, así como del Impuesto de Sellos podrán realizar inscripciones, modificaciones y cese de actividad directamente por internet sin asistir a las dependencias de esta Administración.

¿Quiénes deben interactuar con el Sistema?

Los contribuyentes locales del impuesto sobre los Ingresos Brutos, los agentes de retención y/o percepción de dicho impuesto, así como del Impuesto de Sellos.

¿Qué resolución dispone la utilización de este sistema y desde cuándo tiene vigencia?

A través de la Resolución General Nº 14/2017 la Administración Provincial de Impuestos aprueba la aplicación informática “Padrón Web Contribuyentes Locales”, actual Sistema Integral de Administración Tributaria, y dispone su entrada en vigencia a partir del 27/03/2017.

¿Cuáles son los requerimientos para el acceso al Sistema?

Para acceder los requerimientos son:

  • CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria).
  • Clave Fiscal – Nivel 3 otorgada por ARCA
  • El servicio “API - Santa Fe - Sistema Tributario - Contribuyentes” habilitado en el sitio web de la ARCA

¿El servicio “Padrón Web Contribuyentes Locales” funciona con cualquier navegador de internet?

Si bien se puede utilizar con cualquier navegador, la mejor performance se obtiene utilizando Mozzilla Firefox.

¿Una vez habilitado el servicio en ARCA a dónde debo ingresar para realizar los trámites?

La aplicación informática funciona a través del sitio web y se encuentra disponible en el portal de trámites de la Provincia de Santa Fe ingresando a:

Si ya soy contribuyente local del Impuesto sobre los Ingresos Brutos ¿Debo volver a inscribirme?

No. Un contribuyente local ya inscripto no debe volver a realizar la inscripción. Sí podrá a través de este Sistema actualizar su situación fiscal a través de modificaciones de datos y/o declarar el cese total de actividades.

¿Si soy contribuyente del Convenio Multilateral del impuesto sobre los Ingresos Brutos debo realizar algún trámite en el nuevo sistema?

Los contribuyentes del convenio multilateral solamente podrán realizar los trámites de inscripción o cese como agentes de retención y/o percepción del impuesto sobre los Ingresos Brutos o del impuesto de sellos.

¿Si soy contribuyente del Convenio Multilateral del impuesto sobre los Ingresos Brutos cómo realizo el trámite de inscripción, modificaciones de datos o cese de actividades en dicho impuesto?

Los trámites de inscripción, modificaciones de datos o cese total de actividades como contribuyente del impuesto sobre los ingresos brutos del Convenio Multilateral lo deben realzar a través del servicio habilitado en el sitio de la Comisión Arbitral aprobado por la Resolución General Nº 03/2008 (C.A.).

¿Se debe realizar algún trámite presencial para la gestión de inscripción, modificación de datos o cese total de actividades?

No, todos los trámites son realizados a través de la aplicación “Sistema Integral de Administración Tributaria” y los mismos tienen el carácter de declaración jurada.

Realizados los trámites a través de la nueva aplicación informática, ¿debo presentar alguna documentación en dependencia de API para finalizarlo?

No. La información se suministra con carácter de declaración jurada con vigencia a partir del momento de confirmar el trámite y el contribuyente obtiene un formulario que acredita el trámite realizado. Dicho formulario se puede consultar y reimprimir.

¿El formulario generado luego de realizar el alta, es mi constancia de inscripción en el impuesto?

No, el formulario es la prueba de haber realizado el trámite. La constancia de inscripción en el impuesto puede obtenerse dentro de la misma aplicación ingresando en la opción "Constancias.

¿Cómo obtengo el número de inscripción en el impuesto sobre los Ingresos Brutos o como Agentes de retención y/o percepción en este impuesto o de sellos?

Al confirmar el trámite de inscripción se generará en forma automática el Número de Inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos o como Agentes de Retención y/o Percepción.

Si cambio mi domicilio fiscal a otra delegación de API, ¿debo tramitar un nuevo número de inscripción en el Impuesto a los ingresos brutos?

No, podrá modificar su domicilio fiscal utilizando esta aplicación, pero no cambiará su número de inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos.

¿Cómo selecciono las actividades que desarrollo para realizar las inscripciones o modificaciones de datos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos?

La aplicación despliega el nomenclador de Actividades "NAES – Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación".

¿En los trámites de declaración de nuevas actividades cuál debe ser la fecha de inicio?

La fecha de inicio de nuevas actividades es la declarada en ARCA.

¿Cómo se realizan los trámites de modificación de datos?

Todas las modificaciones de datos se realizan a través del Sistema ingresando en la opción “Modificaciones”.

¿Cómo se realiza el cese total de actividades en el impuesto sobre los Ingresos Brutos?

Para dar la baja como contribuyente del impuesto sobre los ingresos brutos debe realizar el trámite ingresando en la opción “Cese de Actividades” y denunciará el cese total de actividades.

¿Cómo dar de alta otros domicilios adicionales (por ej. sucursales)?

Para dar de alta domicilios adicionales a los registrados, el Sistema dispone dentro de la opción “Modificaciones” - “Modificación de otros datos” la posibilidad de incorporar nuevas sucursales y el agregado de nuevos domicilios.

¿Cómo cargar la localidad y el código postal?

Para ingresar la localidad y el código postal puede realizarlo de la siguiente manera:

1) ingresando en el campo "Código Postal" los cuatro dígitos numéricos correspondientes, o

2) Ingresando en el campo “Localidad" digitando parte inicial nombre de su Localidad o de la Calle si se trata de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Puedo realizar la comunicación fuera de los treinta (30) días de producida la fecha de inicio de actividades? Esta situación generará multa por infracciones a los deberes formales?

Sí, un contribuyente podrá realizar el trámite en cualquier momento. Si el mismo se realiza pasado los 30 días, será pasible de la multa por infracción a los deberes formales previstas en la Resolución General Nº 05/2015, de la misma manera procederá la multa si realiza la comunicación del cese fuere de término.

¿Cómo realizo la modificación de actividades?

Deberá actualizar las actividades desarrolladas a través de la opción “Modificaciones" – "Modificación de otros datos” - "Nuevas actividades" .

Si desarrollo actividades agropecuarias. ¿Qué datos adicionales a los previstos en la Resolución General Nº 14/2017 –API debo tener en cuenta para al momento de realizar la inscripción o modificación de datos?

Deberá informar el Número de la Constancia de Empadronamiento en el Registro Provincial de Producciones Primarias emitido por el Ministerio de Desarrollo Productivo.

¿Las sociedades, qué datos adicionales a los previstos en la Resolución General Nº 14/2017 –API- deben tener en cuenta al momento de realizar la inscripción o modificación de datos?

Deberán informar la Inscripción en el Registro Personas Jurídicas, Empresas y Contratos (RPJEC) y la fecha de cierre de Balance.

¿Las Mutuales o Cooperativas, qué datos adicionales a los previstos en la Resolución General Nº 14/2017 –API- deben tener en cuenta al momento de realizar la inscripción o modificación de datos?

Deberán informar la Inscripción en INAM, INACYM o INAES y la inscripción en la Dirección General de Cooperativas y Mutuales.