Procedimiento de Imputación Recíproca Interjurisdiccional (PIRI)
Por Resolución Nº 0022/2025 se establece un Procedimiento de Imputación Recíproca Interjurisdiccional (PIRI) de los saldos a favor del Impuesto sobre los Ingresos Brutos del Régimen de Convenio Multilateral, declarados por un contribuyente y autorizados en una jurisdicción, con las obligaciones tributarias derivadas del citado tributo en la otra jurisdicción.
Este procedimiento permite a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos inscriptos en el Régimen de Convenio Multilateral que ejerzan actividades conjuntamente en las jurisdicciones de la Provincia de Santa Fe y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) solicitar la imputación recíproca interjurisdiccional de sus saldos a favor reconocidos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Para acceder al trámite Impuesto sobre los Ingresos Brutos: solicitud de imputación recíproca interjurisdiccional – Saldo a favor autorizado hacer clic aquí.


